El Ayuntamiento deniega todas las solicitudes de nuevas licencias para frenar la proliferación de apartamentos vacacionales i
R. Pagés 23.09.2018 | DIARIO INFORMACION
rbanismo se escuda en que se trata de una actividad comercial prohibida en el Plan General
«Desfavorable». Ésta es la palabra que más está repitiendo el Ayuntamiento de Benidorm para frenar en su término municipal la proliferación de viviendas destinadas al alquiler vacacional, que de un tiempo a esta parte ha modificado por completo el sistema de alojamiento turístico tradicional. Para ello, el departamento de Urbanismo se ha valido de algo tan simple como la aplicación a rajatabla de su Plan General, que en el artículo 111 prohíbe expresamente el alojamiento de personas con finalidad turística en apartamentos individuales que no formen parte de un bloque turístico o apartahotel.
Urbanismo se escuda en que se trata de una actividad comercial prohibida en el Plan General
«Desfavorable». Ésta es la palabra que más está repitiendo el Ayuntamiento de Benidorm para frenar en su término municipal la proliferación de viviendas destinadas al alquiler vacacional, que de un tiempo a esta parte ha modificado por completo el sistema de alojamiento turístico tradicional. Para ello, el departamento de Urbanismo se ha valido de algo tan simple como la aplicación a rajatabla de su Plan General, que en el artículo 111 prohíbe expresamente el alojamiento de personas con finalidad turística en apartamentos individuales que no formen parte de un bloque turístico o apartahotel.
Los cambios introducidos por el Consell en la nueva Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad de la Comunidad Valenciana han hecho el resto. Porque, tal y como ha venido contando este diario, esta normativa da por primera vez a los ayuntamientos competencias para decidir cómo y en qué zonas de su término municipal se pueden arrendar este tipo de apartamentos y, a la vez, obliga a los propietarios de los alojamientos a disponer de un informe municipal de compatibilidad como paso previo para poderse inscribir como vivienda de uso turístico.
La edil de Urbanismo, Lourdes Caselles, ha confirmado a este diario que, desde que entró en vigor la nueva Ley de Turismo el pasado mes de julio, el Consistorio ha informado de manera desfavorable a todas las solicitudes de compatibilidad urbanística que le han llegado para reconvertir en turísticas viviendas que están ubicadas en edificios residenciales. Caselles explica que, a juicio de los técnicos, esta actividad estaría incluida dentro de los usos terciarios, al tratarse de una transacción comercial entre arrendador y turista/arrendatario, y que, hasta ahora, el Plan General de Benidorm tan sólo autoriza este uso en hoteles, residencias, bloques de apartamentos o campings, pero no en casas individuales dentro de una edificación mayor donde existe, además, una comunidad de propietarios. De ahí que, según Caselles, con el PGOU en la mano, el Ayuntamiento tiene todas las de la ley para frenar la implantación de nuevos alquileres, como ya están haciendo a su vez grandes ciudades como Barcelona, Madrid o València, Sevilla o Palma de Mallorca.
Autonomía a los municipios
Esta misma semana, el secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer, defendía que la nueva Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad permite a los ayuntamientos «saber qué sucede en su ciudad y cuál es el perfil del modelo turístico que quiere». O, dicho en otras palabras, les da por primera vez autonomía para decidir los alojamientos turísticos que quiere tener y en qué zonas de su trama urbana se localizará cada actividad turística, después de que durante muchos años la Agencia Valenciana de Turismo «viviera de espaldas a los municipios» en este aspecto y no los tuviera en absoluto en cuenta.
Por su parte, Caselles indicó que el gobierno local no se plantea por ahora ninguna modificación de su Plan General para abrirlo a este tipo de arrendamientos, de modo que seguirá denegando todas las solicitudes de licencia que continúen llegando al Consistorio para registrar nuevas viviendas turísticas.
Infracciones muy graves
La decisión municipal cortará, sin duda, el grifo a muchos arrendadores para dar de alta nuevas viviendas de uso turístico, al carecer del preceptivo informe de compatibilidad. Y, de continuar con su voluntad de alquilar, esta falta de registro podría acarrear la clausura del apartamento y sanciones de hasta 600.000 euros para los propietarios. De hecho, la ley tipifica como infracción muy grave ejercer esta actividad turística sin autorización.