En esta II Jornada técnica celebrada, desde el Ayuntamiento de Alicante nos informan que la ciudad de Alicante dispone ya de las herramientas necesarias para ordenar la autorización de los llamados apartamentos turísticos. Las bases de ese orden se sentaron hace 31 años, a través del vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), aprobado en 1987, según se puso de manifiesto este martes en la segunda jornada técnica sobre viviendas turísticas organizada por el Patronato Municipal de Turismo. En concreto, en ese documento se determina por zonas cómo, dónde y en qué condiciones tienen cabida las viviendas destinadas específicamente al mercado del alquiler turístico.
el PGOU permite, con carácter general, que se dé un uso terciario a las viviendas situadas en planta baja o primera planta en prácticamente cualquier punto del casco urbano.
En el Centro Tradicional y Casco Antiguo sólo se autorizará el uso de viviendas turísticas en ambos barrios cuando se asienten sobre bloques completos . Esa limitación, no tendrá efectos retroactivos, de modo que los apartamentos turísticos preexistentes en ambas zonas del casco urbano podrán mantener ese uso.
En cualquier caso, el Ayuntamiento de Alicante sigue abierto a la posibilidad de adoptar una regulación adicional o de reordenar la existente a través de una nueva ordenanza específica en el caso de que se considerase necesario cuando concluyan las jornadas de reflexión técnica organizadas con el conjunto de los agentes turísticos, sociales y económicos implicados en el sector. Entre ellos, figuran hoteleros, administradores de fincas, asociaciones de apartamentos turísticos y promotores inmobiliarios.
Fuente noticia www.alicanteplaza.com 03/10/2018